Las Ciencias Penales

 Las ciencias penales


Fernando Ariila Bas nos dice que los tratadistas acostumbran a distinguir las ciencias penales, la ciencia del derecho penal y las ciencias auxiliares del derecho penal.
Por ciencias penales son, de acuerdo con Cuellon Calón, un conjunto sistemático de conocimientos relativos al delito, al delincuente, a la delincuencia y a la pena.
Estas ciencias, presentan varios denominadores comunes, delito, delincuente, delincuencia y pena, es decir, tienen el mismo objeto de conocimiento, pero difieren en cuanto al punto de vista desde el que se estudia: jurídico, natural, social.

La sistematización del cuadro de las ciencias penales no resulta, en modo alguno, convincente. No es dable, en efecto, concebir un conjunto de disciplinas penales, aunque dotadas de un objeto de conocimiento común, vinculadas entre sí por relaciones de coordinación, es decir, a igual nivel. No es lícito desconocer que el objeto de conocimiento de las llamadas ciencias penales, es decir, el delito, aunque sea común a todas ellas, que lo estudian con método diferente, haya nacido en un ámbito también común. No tiene un objeto de conocimiento propio, requisito esencial de toda ciencia particular, sino que, por el contrario, dicho objeto les es proporcionado por el derecho penal.
Entre el derecho penal que además de un ordenamiento jurídico es una ciencia, y las restantes ciencias penales, cualquiera que sea el número de ellas que adopten los autores, existen relaciones de subordinación de las segundas al primero, que de esta manera resulta supra ordenado respecto de ellas.

Las denominadas ciencias penales no son, en consecuencia otra cosa que ciencias auxiliares del derecho penal. Los objetivos que persigue el derecho penal se obtienen mediante la formulación (técnica legislativa) y la aplicación (técnica judicial) de las normas. Son, por  tanto, ciencias penales, con función exclusivamente auxiliar del derecho penal, aquellas cuyo objeto de conocimientos sea necesario al legislador o al juez, para crear normas o para aplicar las ya creadas, respectivamente.


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