Características y Fines de la Pena
Características y fines de la pena
La
pena tiene las siguientes características:
1) Intimidatoria.
Es decir, evitar la delincuencia por el temor de su aplicación.
2) Aflictiva.
La aflicción penal debe recaer especialmente sobre la libertad, lo cual explica
la gran difusión de las penas privativas y restrictivas de la libertad en los
códigos que se inspiran en este principio.
3) Ejemplar.
Al servir de ejemplo a los demás y no solo al delincuente, para que todos
adviertan la efectividad de la amenaza estatal. Evitar la delincuencia por el
temor de su aplicación.
4) Legal.
Porque debe encontrarse establecida en la ley y aplicarse con arreglo a sus
prescripciones. Este principio se encuentra consagrado en el artículo 11 de la
Constitución Política y en el artículo 1 uno del Código Penal para el Estado de
Hidalgo el que a letra establece: Articulo 1o.”Nadie podrá ser penado por una
acción u omisión que no estén expresamente previstas como delito en la ley
vigente al tiempo en que se cometieron, o si la pena no se encuentra
establecida en ella.” Esta legalidad se limita al dogma, “nullum crimen, nulla
poena sina lege”, de aquí de cómo dice soler, no se puede castigar un hecho no
prohibido, por su semejanza con uno prohibido; ni admitir una agravación especifica
no enumerada, por su semejanza con una enumerada, ni imponer una pena extra
legal por su analogía con otra legal.
5) Correctiva.
Porque debe producir en el penado la readaptación a la vida normal, mediante
los tratamientos curativos y educacionales adecuados, impidiendo así la reincidencia.
6) Justa.
La pena no debe ser la mayor ni la menor sino la que el caso amerita, no
debiendo ser excesiva en dureza o duración, ni menor sino la justa. El juez
deberá tomar conocimiento directo del procesado, de la victima u ofendido y de
las circunstancias de los hechos en lo posible y en la medida requerida para cada
caso, impondrá la punición que estime justa y procedente, dentro de los límites
de punibilidad del delito.
Fines de la
pena
A)
De corrección. La pena para quien se aplica debe ser para corregirlo,
es por ello que los centros penitenciarios deben de proporcionar la
readaptación de los delincuentes para que estos no vuelvan a delinquir. Esta
finalidad en muy pocas se ocasiones se logra complementar en virtud de que
nuestros centros penitenciarios que se encuentran en la nación en muy contadas
ocasiones cuentan con el material humano y material para readaptar a los
delincuentes que en ellos se encuentran recluidos, razón por la que cuando son
liberados e incluidos de nueva cuenta a la sociedad para su convivencia, estos
vuelven en su mayoría a delinquir.
B)
De protección. Porque debe encaminarse a la protección de la
sociedad, al mantener el orden social y jurídico. Bien las leyes penales
tienden a proteger a los integrantes de la colectividad, en razón a los demás
fines que lleva implícita la propia pena, es decir si tenemos conocimiento de
que al cometer un delito se nos impondrá la pena correspondiente ello sirve
para que los integrantes de ese grupo social se intimiden ante el temor de que
la pena señalada para esa conducta o hecho se le pueda aplicar manteniendo así
el orden social, y en caso de que una de las personas integrantes de esta
colectividad sobrepasara esta esfera, realizando el acto que la ley contempla
como delito, será menester para mantener el orden jurídico, aplicarle la pena
con que se sancione el mismo.
C)
De intimidación. Debe cumplir una función de amenaza hacia los
demás integrantes de la sociedad, con el objetivo de que no delinquir. Obrar no
solo sobre el delincuente, sino también sobre los demás ciudadanos pacíficos
mostrándoles mediante su conminación y ejecución, las consecuencias de la
conducta delictuosa, vigorizando así sus sentimientos de respeto a la ley y
creando en los hombres el sentido moral escaso, por razones de propia
convivencia, motivos de inhibición para el porvenir.
D)
Ejemplar.
La pena debe servir de ejemplo tanto a quien la sufre, como a la colectividad.
Clasificación de la pena
Por sus consecuencias en este sentido
la pena puede ser:
a)
Reversibles: en la que la afectación permanece mientras dura la pena, pero al recobrar
el sujeto su situación anterior las cosas al estado en que se encontraban ej.
Derechos políticos.
b)
Irreversibles:
la afectación impide que las cosas vuelvan al estado en que se encontraban ej. Pena de muerte.
Por su aplicación en este sentido la
pena puede ser:
a)
Principal es la que pone el juzgador a la sentencia, es
la pena fundamental.
b)
Accesoria es la que se convierte en consecuencia directa
y necesaria de la principal.
c)
Complementaria es adicional a la
principal y deriva de la propia ley.
Por la finalidad que persigue: en este aspecto
la pena se clasifica en:
a)
aquella que procura
b)
intimidatoria o preventiva trata de inhibir al sujeto para que no vuelva
a delinquir funciona como medida de prevención:
c)
eliminatoria es la que tiene como finalidad
eliminar al sujeto de manera temporal (prisión) o de manera definitiva (pena capital).
Por el bien jurídico que afecta:
a)
Capital
es la pena que afecta directamente la vida del delincuente y se conoce como
la pena de muerte.
b)
Corporal es la pena que causa una afectación
directa al cuerpo del delincuente.
c)
Pecuniarias
implican el menoscabo patrimonial del delincuente y se representan por
la multa y el decomiso.
d)
Laborales consiste en castigar al sujeto
mediante la imposición obligatoria de trabajos.
Infamantes
son las que causan descredito deshonor o afectación a la dignidad de las
personas.
Comentarios
Publicar un comentario