Escuelas Penales


La autora Griselda Amuchategui Requena nos menciona los postulados de las distintas escuelas jurídicas- penales entre ellas están:


La escuela clásica.- es una corriente que apareció a raíz de las nuevas ideas que surgieron como reacción vigorosa a la anterior y forma ancestral de ver el derecho penal. Los pensadores cuyas obras dieron origen a esta escuela son varios, entre los cuales se considera a francisco carrara como el máximo representante; otros como Romagnossi, Hegel, Rossi y Carmignan.
Lo sobresaliente de cada escuela son las conclusiones concretas o postulados a que llegaron sus seguidores, pues en ellos se resume su postura y filosofía, los postulados son los siguientes:

Libre albedrio. Establece que todos los hombres nacen con igualdad para actuar conforme a derecho, de manera que quien lo contraria lo hace a su libre elección; además, se niega el determinismo, el fatalismo o la predisposición hacia el delito.

Igualdad de derechos. Derivado del anterior, se colige que el hombre nace igual en cuanto a sus derechos; por ello, la ley debe aplicarse de la misma manera a todos los hombres, por prevenir de esa circunstancia de igualdad.

Responsabilidad moral. Como el hombre nace con libre albedrio y puede escoger libremente entre el bien y el mal, la responsabilidad es de tipo moral.

El delito como eje y como entidad jurídica. El punto de partida de los problemas penales lo constituye el delito, que es una entidad meramente jurídica; así, importa mas lo objetivo que lo subjetivo. La manifestación externa constitutiva del delito es lo que interesa, independientemente de circunstancias internas, y con base en el delito debe castigarse al delincuente.

Método de empleo. Como se basa el objeto determina el método en la investigación, de manera que esta escuela sigue el deductivo (delo general a lo particular).

Pena proporcional al delito. La pena debe ser un castigo directamente proporcional al delito cometido y estar previamente señalada en la ley (carrara habla tanto de moderación de las penas como de su humanización y seguridad).

La escuela positiva.- surge como reacción a la escuela clásica y se fundamenta en bases científicas que corresponden a las ciencias naturales. Algunos de sus representantes son: Enrico Ferri, Rafael Garofalo y Cesar Lombroso.
Los postulados de la escuela positiva constituyen la negación de los señalados por la clásica, y son las siguientes:

Niega el libre albedrio. Esta escuela afirma que el hombre no escoge libre y conscientemente el mal sobre el bien; puesto que es un ente natural y, en algunos casos, con anormalidades que evitan su sano y libre descernimiento, no puede elegir.
Dicha escuela afirma que hay hombres que nacen con predisposición hacia su futura manera de comportamiento, de acuerdo con sus características biológicas, antropológicas y psicológicas.

Responsabilidad social. A diferencia de la escuela clásica, la positiva manifiesta que la responsabilidad, lejos de ser moral, es de tipo social. La colectividad, al tener en cuenta la posible predisposición hacia el delito en determinados sujetos, debe tomar las medidas necesarias para prevenirlo y, en un momento determinado, defenderse.

El delincuente, punto central. El delito no es el centro de atención, sino la persona que lo comete; a si vez, el delincuente es el objeto de estudio, mientras que el delito es solo la consecuencia.

Método empleado. Los positivistas utilizaron el método inductivo (de lo particular a lo general). A partir de estudios acerca de un delincuente o sujeto antisocial concreto llegaron a determinadas conclusiones y desarrollaron hipótesis, con lo que postularon tesis relacionadas con el comportamiento criminal.

Pena proporcional al estado peligroso. En esta corriente se niega que la pena tenga o deba tener proporcionalidad directa con el delito y se asegura que ha de ser proporcional al estado peligroso, independientemente del tipo y la gravedad del delito.

Prevención. De los postulados anteriores se desprende la importancia de la prevención del delito, que debe darse en lugar de la represión. Los positivistas creen que al igual que en la medicina, es más conveniente prevenir que curar.

La medida de seguridad es más importante que la pena. En vez de castigar es necesario prevenir y, por tanto, aplicar las medidas de seguridad para evitar las penas. Tales medidas de seguridad se clasifican según diversos criterios y se afirma que debe aplicarse la más adecuada al caso, en virtud de la peligrosidad y caracterología especificas del sujeto.

Clasificación de los delincuentes. A esta escuela no le preocupa tanto la clasificación de los delitos como la de los delincuentes, con fundamento en su peligrosidad y características sociales y psicológicas.

Sustantivos penales. Estos se proponen como medios para evitar la abundancia y crueldad en las penas. Los positivistas consideran ineficaces las penas y se plantean numerosos sustantivos: religiosos, médicos, psicológicos, etc.

Escuelas eclécticas.-Las escuelas eclécticas aceptan y niegan postulados tanto de la escuela clásica como de la positivista y excepcionalmente aportan algo significativo. Las más importantes son la tercera escuela, la escuela sociológica y la escuela técnico-jurídica.


Tercera escuela.- la principal surge en Italia (terza scuola) y sus representantes más destacados son Alimena y Carnevale. Esta escuela sustenta los siguientes postulados:
a)      Negación al libre albedrio
b)      El delito es un hecho individual y social
c)      Se interesa por el delincuente, mas que por el delito
d)      Señala las ventajas del método inductivo
e)      Adopta la investigación científica del delincuente
f)       Considera la responsabilidad moral


Escuela sociológica.- surgida en Alemania, también se conoció como la joven escuela. Su representante principal es Franz von Liszt y sus postulados son los siguientes:
a)      La pena tiene como fin conservar el orden jurídico
b)      Emplea los métodos jurídico y experimental
c)      Concibe el delito como fenómeno jurídico y natural
d)      Considera que los factores criminógenos son individuales, físicos, sociales y económicos
e)      Afirma que la pena es una necesidad
f)       Deben existir penas y medidas de seguridad


Escuela técnico-jurídica.- también de origen italiano, tiene como representantes fundamentales a Manzini, Battaglini y Rocco, los postulados son:
a)      Eleva a primer grado el derecho positivo
b)      Destaca que el ordenamiento jurídico debe prevalecer sobre otros criterios.
c)      Al derecho penal le debe interesar el conocimiento científico delos delitos y las penas
d)      La pena funciona para prevenir y readaptar
e)      La responsabilidad penal debe basarse en la capacidad para entender y querer
f)       Rechaza el planteamiento de problemas filosóficos


El autor Francisco Pavón Vasconcelos nos da de igual manera una distinción entre los postulados de cada una de las escuelas  jurídico-penales de acuerdo a sus investigaciones nos dice que:


La escuela clásica.- los clásicos se empeñaron en estudiar el derecho penal desde un punto de vista estrictamente jurídico, aplicando un método lógico abstracto. Aunque en muchos puntos discrepan entre si, se pueden señalar como fundamentos básicos de la escuela clásica, los siguientes:
a)      Como el derecho penal es una ciencia que obtiene sus conceptos en forma meramente especulativa, a través de deducciones lógicas, proclamo como método la de el lógico abstracto

b)      El delito se contempla no desde un punto de vista natural sino jurídico; es la infracción a la ley promulgada por el estado y por ello el investigador no debe perder de vista la ley. En síntesis, el delito es un ente jurídico, una creación de la ley, sin que  pueda concebirse su existencia fuera del ordenamiento jurídico

c)      La responsabilidad penal encuentra su razón de ser en la imputabilidad moral y en el libre albedrio.

d)      Si el delito es un ente jurídico, la pena, por tender fundamentalmente a conservar el orden legal, es una tutela jurídica que lo restaura cuando se altera. Esta consecuencia no constituye un fundamento generalmente aceptado entre los clásicos, pues, según vimos, algunos lo encuentran en la prevención, ya general o espacial del delito.


La escuela positiva.- con motivo de los brillantes estudios realizados por Cesar Lombroso quien hace el análisis del hombre delincuente para determinar los factores que producen el delito, Enrico Ferri su mas brillante expositor, su obra máxima “sociología criminal” contiene los principios básicos en que se apoya su escuela. Rafael Garofalo influyo decisivamente en la estructura de la escuela positiva al elaborar su definición del delito natural,  concepto sociológico sin el cual no hubiera sido posible construir sólidamente un sistema.



Podemos señalar como principios básicos de esta escuela los siguientes:
a)      Combatiendo el método lógico abstracto, por el que propugno carrara, los positivistas adoptan, para estudiar el delito, el método experimental, propio de las ciencias causales explicativas

b)      El delito no es un ente jurídico. Según el criterio de los positivistas se trata de un fenómeno natural, producido por el hombre dentro del seno social. Poe ello, debe vérsele no como una creación dela ley,sino como algo con vida independiente de la misma. Por esta razón, una buena política para combatirlo, y fundamentalmente para prevenirlo, es conocer sus causas, las cuales son, esencialmente, de carácter social, aun cuando también intervienen en su producción los factores individuales.

c)      Los positivistas negaron el libre albedrio, proclamando el determinismo. El hombre es responsable social y no moralmente, de manera que imputables e inimputables deben responder, por igual, del hecho delictuoso ejecutado.

d)      La pena para los positivistas no es una tutela jurídica sino un medio de defensa social cuya medida, como ya lo había precisado Garofalo, lo constituye la peligrosidad del delincuente.


Otras escuelas

Tercera escuela.- surge con Carnevale y Alimena, fundamentalmente recoge, de la escuela positiva, el método experimental, niega el libre albedrio y proclama el determinismo positivista pero negando que el delito sea un acontecimiento inevitable; refuta el concepto de retribución moral por cuanto a la pena, adoptando el criterio de la defensa jurídica, viendo en la sanción un medio intimidatorio cuyo fin es la prevención general del delito. De la escuela clásica acepta, únicamente, la distinción entre imputables e inimputables.

La escuela de la política criminal.- nace en Alemania con Franz von Liszt y pretende la restructuración dentro del seno de las disciplinas criminalistas; señala el real contenido de las ciencias del derecho penal, cuyo campo no deber invadido por otras ciencias de naturaleza causal explicativa, cuyo papel debe quedar reducido al de simples auxiliares, tales como la criminología y la penología.

Escuela técnico-jurídica.- se desarrollo en Italia con Manzini caracterizándose por su aversión a la filosofía, al estimar que la función del derecho penal no va mas allá de hacer la exegesis del derecho positivo.

Comentarios

  1. ¿Te gusta la animación? México tiene muy buenos planteles educativos que ofrecen la oportunidad y posibilidad de estudiad entre sus instalaciones. Por eso te invito a conocer las Mejores escuelas de animacion en mexico

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  2. cuales con las semejanzas ?

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