Escuelas Penales
La autora Griselda Amuchategui Requena
nos menciona los postulados de las distintas escuelas jurídicas- penales entre ellas
están:
La escuela clásica.- es una corriente que apareció a raíz de las nuevas ideas que surgieron
como reacción vigorosa a la anterior y forma ancestral de ver el derecho penal.
Los pensadores cuyas obras dieron origen a esta escuela son varios, entre los
cuales se considera a francisco carrara como el máximo representante; otros
como Romagnossi, Hegel, Rossi y Carmignan.
Lo sobresaliente de cada escuela son
las conclusiones concretas o postulados a que llegaron sus seguidores, pues en
ellos se resume su postura y filosofía, los postulados son los siguientes:
Libre albedrio.
Establece que todos los hombres nacen con igualdad para actuar conforme a
derecho, de manera que quien lo contraria lo hace a su libre elección; además,
se niega el determinismo, el fatalismo o la predisposición hacia el delito.
Igualdad de derechos. Derivado del anterior, se colige que el hombre nace igual en cuanto a
sus derechos; por ello, la ley debe aplicarse de la misma manera a todos los
hombres, por prevenir de esa circunstancia de igualdad.
Responsabilidad moral. Como el hombre nace con libre albedrio y puede escoger
libremente entre el bien y el mal, la responsabilidad es de tipo moral.
El delito como eje y como entidad jurídica. El punto de partida de los problemas
penales lo constituye el delito, que es una entidad meramente jurídica; así,
importa mas lo objetivo que lo subjetivo. La manifestación externa constitutiva
del delito es lo que interesa, independientemente de circunstancias internas, y
con base en el delito debe castigarse al delincuente.
Método de empleo. Como se basa el objeto determina el
método en la investigación, de manera que esta escuela sigue el deductivo (delo
general a lo particular).
Pena proporcional al delito. La pena debe ser un castigo
directamente proporcional al delito cometido y estar previamente señalada en la
ley (carrara habla tanto de moderación de las penas como de su humanización y
seguridad).
La escuela positiva.- surge como reacción a la escuela clásica y se fundamenta en bases
científicas que corresponden a las ciencias naturales. Algunos de sus
representantes son: Enrico Ferri, Rafael Garofalo y Cesar Lombroso.
Los postulados de la escuela positiva
constituyen la negación de los señalados por la clásica, y son las siguientes:
Niega el libre albedrio. Esta escuela afirma que el hombre no escoge libre y
conscientemente el mal sobre el bien; puesto que es un ente natural y, en
algunos casos, con anormalidades que evitan su sano y libre descernimiento, no
puede elegir.
Dicha escuela afirma que hay hombres
que nacen con predisposición hacia su futura manera de comportamiento, de
acuerdo con sus características biológicas, antropológicas y psicológicas.
Responsabilidad social. A diferencia de la escuela clásica, la positiva manifiesta
que la responsabilidad, lejos de ser moral, es de tipo social. La colectividad,
al tener en cuenta la posible predisposición hacia el delito en determinados
sujetos, debe tomar las medidas necesarias para prevenirlo y, en un momento
determinado, defenderse.
El delincuente, punto central. El delito no es el centro de atención, sino la persona que
lo comete; a si vez, el delincuente es el objeto de estudio, mientras que el
delito es solo la consecuencia.
Método empleado. Los positivistas utilizaron el método inductivo (de lo particular a lo
general). A partir de estudios acerca de un delincuente o sujeto antisocial
concreto llegaron a determinadas conclusiones y desarrollaron hipótesis, con lo
que postularon tesis relacionadas con el comportamiento criminal.
Pena proporcional al estado peligroso. En esta corriente se niega que la pena tenga o deba
tener proporcionalidad directa con el delito y se asegura que ha de ser proporcional
al estado peligroso, independientemente del tipo y la gravedad del delito.
Prevención. De
los postulados anteriores se desprende la importancia de la prevención del
delito, que debe darse en lugar de la represión. Los positivistas creen que al
igual que en la medicina, es más conveniente prevenir que curar.
La medida de seguridad es más importante que la pena. En vez de castigar es necesario
prevenir y, por tanto, aplicar las medidas de seguridad para evitar las penas.
Tales medidas de seguridad se clasifican según diversos criterios y se afirma
que debe aplicarse la más adecuada al caso, en virtud de la peligrosidad y
caracterología especificas del sujeto.
Clasificación de los delincuentes. A esta escuela no le preocupa tanto la clasificación de los
delitos como la de los delincuentes, con fundamento en su peligrosidad y
características sociales y psicológicas.
Sustantivos penales. Estos se proponen como medios para evitar la abundancia y crueldad en
las penas. Los positivistas consideran ineficaces las penas y se plantean
numerosos sustantivos: religiosos, médicos, psicológicos, etc.
Escuelas eclécticas.-Las escuelas eclécticas aceptan y niegan postulados tanto de la escuela
clásica como de la positivista y excepcionalmente aportan algo significativo.
Las más importantes son la tercera escuela, la escuela sociológica y la escuela
técnico-jurídica.
Tercera escuela.- la principal surge en Italia (terza scuola) y sus representantes más
destacados son Alimena y Carnevale. Esta escuela sustenta los siguientes
postulados:
a)
Negación al libre
albedrio
b)
El delito es un
hecho individual y social
c)
Se interesa por
el delincuente, mas que por el delito
d)
Señala las
ventajas del método inductivo
e)
Adopta la
investigación científica del delincuente
f)
Considera la
responsabilidad moral
Escuela sociológica.- surgida en Alemania, también se conoció como la joven escuela. Su representante
principal es Franz von Liszt y sus postulados son los siguientes:
a)
La pena tiene
como fin conservar el orden jurídico
b)
Emplea los
métodos jurídico y experimental
c)
Concibe el delito
como fenómeno jurídico y natural
d)
Considera que los
factores criminógenos son individuales, físicos, sociales y económicos
e)
Afirma que la
pena es una necesidad
f)
Deben existir
penas y medidas de seguridad
Escuela técnico-jurídica.- también de origen italiano, tiene como representantes
fundamentales a Manzini, Battaglini y Rocco, los postulados son:
a)
Eleva a primer
grado el derecho positivo
b)
Destaca que el
ordenamiento jurídico debe prevalecer sobre otros criterios.
c)
Al derecho penal
le debe interesar el conocimiento científico delos delitos y las penas
d)
La pena funciona
para prevenir y readaptar
e)
La
responsabilidad penal debe basarse en la capacidad para entender y querer
f)
Rechaza el
planteamiento de problemas filosóficos
El autor Francisco Pavón Vasconcelos
nos da de igual manera una distinción entre los postulados de cada una de las
escuelas jurídico-penales de acuerdo a
sus investigaciones nos dice que:
La escuela clásica.- los clásicos se empeñaron en
estudiar el derecho penal desde un punto de vista estrictamente jurídico,
aplicando un método lógico abstracto. Aunque en muchos puntos discrepan entre
si, se pueden señalar como fundamentos básicos de la escuela clásica, los
siguientes:
a)
Como
el derecho penal es una ciencia que obtiene sus conceptos en forma meramente especulativa,
a través de deducciones lógicas, proclamo como método la de el lógico abstracto
b)
El
delito se contempla no desde un punto de vista natural sino jurídico; es la infracción
a la ley promulgada por el estado y por ello el investigador no debe perder de
vista la ley. En síntesis, el delito es un ente jurídico, una creación de la
ley, sin que pueda concebirse su
existencia fuera del ordenamiento jurídico
c)
La
responsabilidad penal encuentra su razón de ser en la imputabilidad moral y en
el libre albedrio.
d)
Si
el delito es un ente jurídico, la pena, por tender fundamentalmente a conservar
el orden legal, es una tutela jurídica que lo restaura cuando se altera. Esta
consecuencia no constituye un fundamento generalmente aceptado entre los
clásicos, pues, según vimos, algunos lo encuentran en la prevención, ya general
o espacial del delito.
La escuela positiva.- con motivo de los brillantes estudios realizados por Cesar Lombroso
quien hace el análisis del hombre delincuente para determinar los factores que
producen el delito, Enrico Ferri su mas brillante expositor, su obra máxima
“sociología criminal” contiene los principios básicos en que se apoya su
escuela. Rafael Garofalo influyo decisivamente en la estructura de la escuela
positiva al elaborar su definición del delito natural, concepto sociológico sin el cual no hubiera
sido posible construir sólidamente un sistema.
Podemos señalar como principios
básicos de esta escuela los siguientes:
a)
Combatiendo
el método lógico abstracto, por el que propugno carrara, los positivistas
adoptan, para estudiar el delito, el método experimental, propio de las
ciencias causales explicativas
b)
El
delito no es un ente jurídico. Según el criterio de los positivistas se trata
de un fenómeno natural, producido por el hombre dentro del seno social. Poe
ello, debe vérsele no como una creación dela ley,sino como algo con vida
independiente de la misma. Por esta razón, una buena política para combatirlo,
y fundamentalmente para prevenirlo, es conocer sus causas, las cuales son,
esencialmente, de carácter social, aun cuando también intervienen en su
producción los factores individuales.
c)
Los
positivistas negaron el libre albedrio, proclamando el determinismo. El hombre
es responsable social y no moralmente, de manera que imputables e inimputables
deben responder, por igual, del hecho delictuoso ejecutado.
d)
La
pena para los positivistas no es una tutela jurídica sino un medio de defensa
social cuya medida, como ya lo había precisado Garofalo, lo constituye la
peligrosidad del delincuente.
Otras escuelas
Tercera escuela.- surge con Carnevale y Alimena, fundamentalmente recoge, de la escuela
positiva, el método experimental, niega el libre albedrio y proclama el
determinismo positivista pero negando que el delito sea un acontecimiento inevitable;
refuta el concepto de retribución moral por cuanto a la pena, adoptando el
criterio de la defensa jurídica, viendo en la sanción un medio intimidatorio
cuyo fin es la prevención general del delito. De la escuela clásica acepta,
únicamente, la distinción entre imputables e inimputables.
La escuela de la política criminal.- nace en Alemania con Franz von Liszt y pretende la
restructuración dentro del seno de las disciplinas criminalistas; señala el
real contenido de las ciencias del derecho penal, cuyo campo no deber invadido
por otras ciencias de naturaleza causal explicativa, cuyo papel debe quedar
reducido al de simples auxiliares, tales como la criminología y la penología.
Escuela técnico-jurídica.- se desarrollo en Italia con Manzini caracterizándose por su aversión a la filosofía, al estimar que la función del derecho penal no va mas allá de hacer la exegesis del derecho positivo.
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ResponderBorrarFELICIDADES ME AYUDO BASTANTE
ResponderBorrarcuales con las semejanzas ?
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