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EFECTOS DIRECTOS E INDIRECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO.

Algunos tratadistas han optado por clasificar los efectos de los Actos Administrativos en efectos directos y efectos indirectos. EFECTOS DIRECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO. Los efectos directos del acto administrativo, consisten en la creación, modificación, transmisión, declaración, o extinción de los derechos y obligaciones, y por ello producirá obligaciones de dar, de hacer, de no hacer, tolerar o declarar un derecho. Luis Humberto Delgadillo opina que el efecto del Acto Administrativo es que crea, modifica, extingue o declara respecto a los gobernados, situaciones jurídicas, particulares y concretas, y por regla general, son de naturaleza personal e intransferibles, es decir, no crean situaciones o derechos reales. EFECTOS INDIRECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO. Los efectos indirectos en palabras del Doctor Gabino E. Castrejón García, es la realización misma de la actividad encomendada al órgano administrativo y la decisión que contiene el Acto Administrativo. Así el ef...

EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO.

Una vez que el Acto Administrativo ha reunido los elementos y requisitos para su formación EL ACTO ES PERFECTO, tiene una vida jurídica plena, y por ello es obligatorio ya que goza de una presunción de legitimidad o de legalidad. Por ello, el ACTO ES EFICAZ, cuando se realiza jurídica y materialmente, que por regla general, se inician con la notificación, ya que para que la autoridad pueda exigir su cumplimiento, debe surtir efectos su notificación la notificación de ese acto. Sin embargo, esa presunción de legalidad, es una presunción juris tantum y no jure et jure; por lo que ese acto es anulable o revocable cuando así lo demuestra el gobernado. Así las cosas, el efecto más importante del Acto Administrativo, es “crear, modificar, transmitir, extinguir, declarar y reconocer obligaciones y derechos; obligaciones que son: hacer, no hacer, dar y tolerar a cargo de la autoridad o de los gobernados (se confunde los efectos con el objeto), que en relación a los particulares, son de ...

Requisitos del Acto Administrativo en el Código FISCAL de la FEDERACIÓN.

Requisitos del Acto Administrativo en el Código FISCAL de la FEDERACIÓN. El artículo 38 del Código Fiscal de la Federación, no alude a elementos del acto administrativo, sino a 4 requisitos, al señalar lo siguiente: “Artículo 38.- Los actos administrativos que se deban notificar deberán tener por lo menos los siguientes requisitos: I. Constar por escrito. II. Señalar la autoridad que lo emite. III. Estar fundado y motivado y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate. IV. Ostentar la firma del funcionario competente y, en su caso, el nombre o nombres de las personas a las que vaya dirigido. Cuando se ignore el nombre de la persona a la que va dirigido, se señalarán los datos suficientes que permitan su identificación. Si se trata de resoluciones administrativas que determinen la responsabilidad solidaria se señalará, además, la causa legal de la responsabilidad”

Requisitos del Acto Administrativo en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

La Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su artículo 3º. precisa CATORCE elementos y requisitos del acto administrativo, sin precisar como se distinguen, ni como se diferencian uno entre unos y otros, al precisar lo siguiente: ART. 3.- Son elementos y requisitos del acto administrativo: I. Ser expedido por órgano competente, a través de servidor público, y en caso de que dicho órgano fuere colegiado, reúna las formalidades de la ley o decreto para emitirlo; (su omisión o irregularidad del SUJETO genera la nulidad absoluta o nulidad lisa y llana del acto administrativo) II. Tener objeto que pueda ser materia del mismo; determinado o determinable; preciso en cuanto a las circunstancias de tiempo y lugar, y previsto por la ley; (su omisión o irregularidad en el OBJETO genera la nulidad absoluta o nulidad lisa y llana del acto administrativo) III. Cumplir con la finalidad de interés público regulado por las normas en que se concreta, sin que puedan perseguirse otros fines d...

Los Requisitos del Acto Administrativo

De las definiciones doctrinales y legales del acto administrativo, se desprende que el acto administrativo tiene requisitos, cuya OMISIÓN o IRREGULARIDAD pueden producir: A. La nulidad o la anulabilidad del acto administrativo de conformidad con el artículo 5º. la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; B. La nulidad lisa y llana, la nulidad para el efecto, o la nulidad pero no para efectos por tratarse de facultades discrecionales, de conformidad con el artículo 239 del Código Fiscal de la Federación. C. La inconstitucionalidad como primer acto de aplicación de la ley que se reclame de inconstitucional, atento a lo dispuesto en el artículo 103 fracción I, Constitucional. MARCO CONSTITUCIONAL DE LOS REQUISITOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO Los principios de la doctrina constitucional, en este aspecto, son dos: 1. El gobernado puede hacer el acto ordenado y el acto permitido; esto es lo que la ley ordena y lo que la ley permite, que es lo que constituye la esfera de su l...

La forma, como Elementos de existencia del ACTO ADMINISTRATIVO.

La forma en que el acto administrativo se debe exteriorizar, debe ser en la forma en que se establece en el artículo 16 Constitucional; y “las formalidades esenciales del procedimiento” que en términos del artículo 14 Constitucional se deben observar. Por lo que se refiere a la forma como elemento de existencia del acto administrativo, esta comprende varias acepciones: A. La forma del acto administrativo que debe adoptar para que exprese la voluntad administrativa, y consiste, en que el acto administrativo debe: a. “I. Constar por escrito. b. “III. Estar fundado y motivado y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate. Desde luego, que “Si los hechos que la motivaron (la resolución) no se realizaron, fueron distintos o se apreciaron en forma equivocada, o bien si se dictó en contravención de las disposiciones aplicadas o dejo de aplicar las debidas”, o “V. Cuando la resolución administrativa dictada en ejercicio de facultades discrecionales no corresponda a l...

El Objeto como Elemento de existencia del Acto Administrativo

EL Objeto COMO ELEMENTO de existencia del acto administrativo. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su artículo 3º. fracción II, precisa que el objeto del acto administrativo, debe ser determinado o determinable; preciso en cuanto a las circunstancias de tiempo y lugar; y previsto por la ley; y, en su fracción VII señala que no debe mediar error en el objeto; y su omisión o irregularidad genera la nulidad absoluta o nulidad lisa y llana del acto administrativo. La fracción III del artículo 38 del Código Fiscal de la Federación, precisa que el acto administrativo debe “III. Estar fundado y motivado y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate”, desde luego en alusión al párrafo 8º. Del artículo 16 Constitucional. El objeto en el acto administrativo puede ser dividido en directo e inmediato o indirecto o mediato. EL Objeto directo o inmediato, COMO ELEMENTO de existencia del acto administrativo. El objeto directo o inmediato, consiste en “crear, mo...